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Prevención de Coronavirus


Comunicado oficial de la UNVM: Resolución Rectoral 60/2020

Comunicado oficial de la UNVM: Resolución Rectoral 60/2020

Las autoridades de la Universidad Nacional de Villa María evaluaron las medidas tomadas a nivel nacional y emitieron una resolución.

Resolución Rectoral Nº 060/2020

1° DETERMINAR la suspensión de todas las actividades académicas, cualquiera sea su modalidad, en la Universidad Nacional de Villa María, hasta el día 31 de marzo de 2020.-

2° SUGERIR a los Institutos Académicos Pedagógicos de la Universidad Nacional de Villa María, tomar las medidas que crean pertinente frente a clases y prácticas de estudíantes en hospitales, centros de salud o instituciones públicas o privadas que concentren población de riesgo.-

3° OTORGAR licencia con goce de haberes, hasta el día 31 de marzo de 2020, al personal directivo, docente, nodocente o auxiliar comprendidos en algunos de los siguientes grupos de riesgo y poblaciones vulnerables conforme con las recomendaciones del Ministerio de Salud de la Nación:
a) Mayores de 60 años
b) Embarazadas en cualquier trimestre
c) Grupos de riesgo:
*Enfermedades respiratorias crónica: hernia diafragmática, enfermedad pulmonar obstructiva crónica [EPOC], enfisema congénito, displasia broncopulmonar, traqueostomizados crónicos, bronquiectasias, fibrosis quística y asma;
*Enfermedades cardíacas: Insuficiencia cardíaca, enfermedad coronaria, reemplazo valvular, valvulopatías y cardiopatías congénitas;
*Inmunodeficiencias congénitas o adquiridas (no oncohematológica): VIH dependiendo del status (< de 350 CD4 o con carga viral detectable) o pacientes con VIH con presencia de comorbilidades independientemente del status inmunológico, utilización de medicación inmunosupresora o corticoides en altas dosis (mayor a 2 mg/kg/día de metilprednisona o más de 20 mg/día o su equivalente por más de 14 días), inmunodeficiencia congénita, asplenia funcional o anatómica (incluida anemia drepanocítica) y desnutrición grave;
*Pacientes oncohematológicos y trasplantados: tumor de órgano sólido en tratamiento, enfermedad oncohematológica hasta seis meses posteriores a la remisión completa y trasplantados de órganos sólidos o de precursoreshematopoyéticos;
*Obesos mórbidos (con índice de masa corporal> a 40);
*Diabéticos;
*Personas con insuficiencia renal crónica en diálisis o con expectativas de ingresar a diálisis en los siguientes seis meses.

4° SUSPENDER hasta el día 31 de Marzo de 2020 todos los plazos reglamentarios de Concursos Docentes vigentes.-

5° SUSPENDER hasta el día 31 de Marzo de 2020 las siguientes actividades, teniendo en cuenta las recomendaciones del Ministerio de Educación:
a) Actividades científicas o académicas, actos, congresos, seminarios, tales como simposios, talleres, muestras o exposiciones, en la medida que impliquen aglomeraciones o concentraciones de personas.
b) Actividades de extensión que por sus características impliquen aglomeraciones o concentraciones de personas y las que se orienten o cuenten con la participación de población de riesgo.
c) Las actividades deportivas de la UNVM.
d) La participación en actividades de internacionalización que impliquen la concurrencia de
personal docente, nodocente, becarios/as o estudiantes de la universidad a zonas o áreas de transmisión y circulación de COVID-19 definidas por el Ministerio de Salud; así como la recepción de personal, becarios y becarias o estudiantes provenientes de dichas zonas.

6° DISPONER que las medidas que se adoptan y las que se adopten en el marco de lo establecido en la presente Resolución no afectarán las restantes actividades de la
Universidad Nacional de Villa María, ni la asistencia del personal docente, no docente y becarios/as a sus lugares de trabajo, en tanto no se hallen comprendidos en los casos previstos en el Artículo 7° del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260/2020 o sean personas comprendidas en los grupos de riesgo mencionados en el Artículo 3°.-

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Coronavirus: qué recomienda la UNVM

Coronavirus: qué recomienda la UNVM

La Universidad Nacional de Villa María adhiere a las disposiciones del Ministerio de Salud de la Nación, el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, y el Ministerio de Educación.

A raíz de las recomendaciones del Ministerio de Salud de la Nación, el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, y el Ministerio de Educación con relación al Coronavirus, la Universidad Nacional de Villa María (UNVM) resolvió por medio de la Resolución Rectoral 42/2020 establecer que “el personal docente, nodocente, becarias/os, estudiantes, personal académico temporario, terceras/os que prestan servicios no académico, o visitantes de la UNVM que hayan estado o permanecido en tránsito en países afectados o los que el Ministerio de Salud indique a futuro como áreas con circulación o transmisión de Coronavirus, deberán permanecer en sus domicilios sin concurrencia a la UNVM y evitar el contacto social hasta transcurrido 14 días desde su arribo aunque no presenten síntomas de estar afectados”. Por otra parte, la casa de altos estudios adhirió a la resolución del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social y otorga licencia excepcional al personal comprendido previamente y justifica las inasistencias a estudiantes y becarias/os.

Nuevas Disposiciones

Se trata de un Decreto de Necesidad y Urgencia donde se regulan una serie de medidas para evitar y mitigar el efecto de contagio y hacer lo necesario para controlar la pandemia.

En este sentido se toman diversas medidas, una de ellas es la disposición de aislamiento obligatorio para personas que ingresan de zonas afectadas, los que se llaman casos sospechosos, gente que cuenta con los síntomas específicos de coronavirus y tienen algún vínculo directo con las zonas más afectadas o con gente que haya tenido la afección, casos confirmados y contactos estrechos.

Estos son los grupos a los cuales alcanza este aislamiento obligatorios. Las zonas afectadas se van estableciendo en los distintos países por la OMS y aquí lo establece la autoridad sanitaria nuestra.

Este aislamiento está establecido hoy por nuestra autoridad sanitaria en 14 días y es de acuerdo a la información y a la dinámica de la epidemia que puede modificarse para lo cual queda autorizado el ministerio para tomar las decisiones correspondientes.

PENALIDADES

Nuestro Código Penal tiene actualmente distintas disposiciones y lo que se establece es que para las personas que incumplen con este aislamiento obligatorio se harán las denuncias y acciones correspondientes a fin que se determine si cometieron delito.

En este caso específico el código penal cuenta con dos figuras penales, una es el artículo 205 que establece pena de prisión al que viole las medidas adoptadas por las autoridades competentes para impedir la introducción o propagación de una epidemia, y el 239 que reprime con pena de prisión al que resiste o desobedece a un funcionario público en el ejercicio legítimo de sus funciones o a la persona que le preste asistencia o requerimiento en virtud de una obligación legal.

Son dos normas del código penal que existen actualmente, y que en caso que una persona incumpla con la normativa de aislamiento y otras medidas que dispone DNU se van a hacer las denuncias pertinentes a fin de que se determine si se cometió una infracción al código penal.

ESPECTÁCULOS PÚBLICOS

En el caso de espectáculos públicos se hace una autorización específica de la autoridad sanitaria que va midiendo día a día como se va desarrollando la epidemia en los distintos lugares a fin de ir tomando por resolución directa del ministerio de Salud las medidas que hay que tomar.

Se coordina con las autoridades jurisdiccionales correspondientes, provincias y municipios y en los lugares que dependen de la disposición nacional queda directamente autorizados el Ministerio de Salud para tomar esas decisiones e indicar las medidas de restricción de aglomeración de personas.

Es muy importante marcar que el principal punto es evitar el conglomerado de personas para evitar que se transmita la epidemia. Lo central es el control y el cuidado.

Ante cualquier consulta o inquietud, la UNVM recomienda dirigirse al centro de salud más cercano a su domicilio o comunicarse al 0800-222-1002 opción 1.

 

Tutorial para la utilización del Campus Virtual

Tutorial para la utilización del Campus Virtual

Información importante destinada a docentes para la capacitación en el uso de esta herramienta. 

A raíz de la suspensión de todas las actividades académicas, tanto presenciales como virtuales, en la Universidad Nacional de Villa María (UNVM) hasta el día 31 de marzo, el área responsable del Campus Virtual elaboró un tutorial para su uso. Este material es óptimo para el trabajo de las y los docentes que lo utilizan por primera vez y se enmarca en las medidas que se adoptan según lo establecido en la Resolución 060/2020.

Cabe destacar que, a la brevedad, se informará sobre capacitaciones específicas.

 

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