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Lo aprobó el Consejo Superior para las inscripciones al segundo cuatrimestre del ciclo lectivo 2020. La propuesta fue elevada por la comisión de enseñanza ampliada

En el marco del estado de excepcionalidad pedagógica en virtud del Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio (ASPO) y posterior Distanciamiento dispuesto por el Poder Ejecutivo Nacional a raíz del COVID-19, y en virtud de la vigencia del calendario académico vigente que estableció como fecha de inicio del dictado de clases para el segundo cuatrimestre al día 10 de agosto; el Consejo Superior de la Universidad Nacional de Villa María (UNVM) estableció que las y los estudiantes que no puedan inscribirse en el sistema académico a cursar espacios curriculares del segundo cuatrimestre debido a las correlatividades en el plan de estudios vigente, podrán inscribirse como condicionales para cursado de los mismos. A tal fin se creará un registro que permita excepcionalmente a estudiantes de la UNVM el cursado de los espacios curriculares del segundo cuatrimestre que, por diversas razones atribuibles al desarrollo académico en el marco de la excepcionalidad pedagógica, se vean impedidos.

Cabe destacar que la inscripción a los espacios curriculares de las y los estudiantes que se hayan inscripto en el registro quedará a consideración de las Secretarías Académicas de los Institutos Académicos Pedagógicos para cada uno de los casos.

Por otra parte se ratificó que el periodo de inscripciones de estudiantes a los espacios curriculares correspondientes al segundo cuatrimestre se extiende hasta el 14 de agosto.

La propuesta fue elevada por la Comisión de Enseñanza ampliada y consideró la resolución del Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) sobre “cuestiones normativas relacionadas con decisiones sobre la validez, evaluación, acreditación y dictado de las carreras en las universidades nacionales durante el actual periodo de emergencia sanitaria” en el que sugiere “facilitar la terminalidad de estudios a quienes estén en el tramo final de su carrera y permitir un flujo razonable del resto de los estudiantes que se encuentren distribuidos en diferentes tramos de las carreras”, y “asegurar en el caso de la evaluación y la acreditación de asignaturas, los necesarios niveles de seguridad en cuanto a la identidad y la autoría de las tareas definidas”.

Con esta medida se busca “garantizar la continuidad de las trayectorias académicas de las y  los estudiantes”, ya que “resulta necesario atender la situación de estudiantes que debido a la situación vigente no tuvieron oportunidad de cursar o rendir alguno de los espacios curriculares previstos y que se establecen como condición para la continuidad académica en los planes de estudios”.

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